
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, conocida como Crea y Crece, es la ley de creación y crecimiento de empresas. Baja el capital mínimo de una SL a 1€, impulsa las altas por CIRCE y obliga a empresas y autónomos a emitir, enviar y recibir facturas electrónicas entre sí. Esa obligación ya tiene calendario: octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones de euros y octubre de 2028 para todos los demás.
El resto de las medidas están en vigor desde 2022. La factura electrónica es la que ha tardado: necesitó un reglamento y una orden ministerial. Las fechas por tipo de negocio están en factura electrónica obligatoria.

La ley se publicó en el BOE el 29 de septiembre de 2022 y entró en vigor a los veinte días. El artículo 12, el de la factura electrónica, tenía efectos diferidos.
Entre empresas: todos los empresarios y profesionales deben expedir, remitir y recibir facturas electrónicas en sus relaciones con otros empresarios y profesionales. Eso incluye a autónomos y sociedades. La ley no fija ningún umbral de tamaño que exima: lo que cambia es el plazo.
Con particulares: las ventas a consumidores quedan fuera, con una excepción. Las empresas que prestan servicios de especial trascendencia económica deben emitir factura electrónica a los particulares que lo acepten o lo pidan.
El artículo 2 bis de la Ley 56/2007, en la redacción de Crea y Crece, impone seis cosas:
La ley no tiene fecha por sí sola. Sus plazos cuentan desde que se aprueba el desarrollo reglamentario, y eso ha pasado en dos pasos.
Desde el 6 de octubre de 2026 corren 12 meses para quien facturó más de 8 millones el año anterior (octubre de 2027) y 24 meses para el resto (octubre de 2028). Los autónomos tienen un año más para informar de los estados.
La factura electrónica es un mensaje estructurado, ajustado al modelo europeo EN16931, en una de estas sintaxis: CII, UBL, EDIFACT o Facturae, según el artículo 7 del Real Decreto 238/2026.
La solución pública de la AEAT usa UBL. Si no la utilizas, tu plataforma debe enviarle una copia fiel en UBL. El acceso a la solución pública es gratuito, y la AEAT desarrollará una aplicación o formulario gratuito para emitir facturas electrónicas.
Se repite mucho que Crea y Crece multa con hasta 10.000€ a quien no use factura electrónica. El artículo 2 bis.9 prevé apercibimiento o multa de hasta 10.000€, pero para empresas que prestan servicios al público y no ofrecen a sus clientes la posibilidad de recibir factura electrónica, o no les dejan acceder a sus facturas.
Ni ese apartado ni el Real Decreto 238/2026 fijan una multa concreta para la factura entre empresas. Las sanciones de Verifactu son otra cosa: están en sanciones de Verifactu.
Crea y Crece regula el formato en que envías las facturas entre empresas. Verifactu regula el sistema desde el que las emites: un registro inalterable y un código QR.
Son obligaciones distintas, con fechas distintas. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 un aplazamiento de Verifactu a octubre de 2028 que todavía no está en el BOE: Verifactu aplazado. La comparación detallada está en la diferencia entre Verifactu y la factura electrónica.
Creer que el reglamento sigue pendiente. Se publicó el 31 de marzo de 2026.
Pensar que solo afecta a empresas grandes. Afecta a todos los empresarios y profesionales. Cambia el plazo.
Atribuir a esta ley la multa de 10.000€ de la factura entre empresas. Ese apartado va dirigido a otras empresas.
Mezclarla con Verifactu. Son dos normas distintas.
Dar por válido un PDF. La factura electrónica es un mensaje estructurado.
Qué es: la ley de creación y crecimiento de empresas, de 2022.
Medidas: SL con 1€ de capital, CIRCE, unidad de mercado, financiación y factura electrónica entre empresas.
Fechas de la factura electrónica: octubre de 2027 (más de 8 millones) y octubre de 2028 (el resto).
Normas: Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026.
Formatos: CII, UBL, EDIFACT y Facturae.
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas. Baja el capital mínimo de una SL a 1€, refuerza CIRCE, mejora la unidad de mercado, flexibiliza la financiación y obliga a usar factura electrónica entre empresas.
El 19 de octubre de 2022, a los veinte días de su publicación. El artículo de la factura electrónica tuvo efectos diferidos.
En octubre de 2027 para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior y en octubre de 2028 para el resto.
A todos los empresarios y profesionales, autónomos y sociedades, en sus facturas con otros empresarios y profesionales. Las ventas a particulares quedan fuera, salvo las empresas de servicios de especial trascendencia económica.
CII, UBL, EDIFACT y Facturae, según el artículo 7 del Real Decreto 238/2026.
1€. Si el capital es inferior a 3.000€, hay que destinar a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta que reserva y capital sumen 3.000€.
No. Crea y Crece regula el formato de las facturas entre empresas. Verifactu regula el sistema con el que se emiten.
Relacionados: Factura electrónica obligatoria / Verifactu aplazado / Verifactu y factura electrónica