
La facturación electrónica ya es obligatoria en B2G desde 2015. En B2B entrará en vigor cuando se apruebe la Orden Ministerial que desarrolla la Ley Crea y Crece. El último borrador confirma los formatos admitidos (UBL, CII, EDIFACT, Facturae), la solución pública de facturación electrónica y cómo los receptores deben reportar los estados de la factura. En paralelo, Verifactu hace obligatorios los sistemas de facturación certificados desde 2026.
FAQ
¿Cuándo entra en vigor la factura electrónica?
Desde la aprobación de la Orden Ministerial: empresas con más de 8 millones de euros en 12 meses, el resto en 24 meses, y reporte de estados para los más pequeños en 36 meses.
¿Está activa la factura electrónica B2B en 2025?
No. El segundo trámite de audiencia cerró en abril de 2025. La Orden sigue pendiente de aprobación.
¿Afecta a los autónomos?
Sí, solo en B2B. Dos años desde la Orden para emitir y recibir facturas electrónicas, más un año adicional para reportar estados. Verifactu aplica a los autónomos desde el 1 de julio de 2026.
¿Qué formatos se admiten?
UBL, CII, EDIFACT y Facturae. La copia enviada a la solución pública debe ser UBL.
¿Qué papel tiene la AEAT?
La AEAT opera la solución pública de factura electrónica y Verifactu. Define las reglas de reporte de estados y los controles.
La respuesta corta
B2G ya es obligatoria. B2B empieza tras la Orden Ministerial. Verifactu tiene fechas fijas en 2026.
Hoy, la factura electrónica B2G es obligatoria a través de FACe usando Facturae.
En B2B: una vez aprobada la Orden, las empresas de más de 8 millones cumplen en 12 meses. Las demás en 24 meses. Las más pequeñas tienen hasta 36 meses para reportar estados.
Formatos admitidos: UBL, CII, EDIFACT y Facturae. La «copia fiel» UBL se envía a la solución pública.
Verifactu es independiente pero complementario. Los sistemas certificados son obligatorios desde el 1 de enero de 2026 para empresas y el 1 de julio de 2026 para autónomos.
¿Cuándo es obligatoria?
B2G está en vigor desde 2015. B2B será gradual según el tamaño una vez aprobada la Orden.
- B2G: los proveedores envían facturas electrónicas por FACe. Facturae es obligatorio.
- B2B: el conteo empieza con la Orden Ministerial. Plazos: 12 meses para más de 8 millones y 24 meses para los demás.
Reporte de estados: el receptor debe acusar recibo, aceptar o rechazar y confirmar el pago, enviando cada estado en un máximo de 4 días naturales.
Si la Orden llega a finales de 2025, las ventanas probables son: 2026 para más de 8 millones, 2027 para los demás y 2028 para el reporte de estados de pymes y autónomos.
Situación en 2025
El segundo trámite de audiencia cerró en abril de 2025. La Orden Ministerial activará los plazos.
El borrador de 2025 aclara la «copia fiel» UBL, el reporte de estados por el receptor y la alineación con EN 16931.
Los plazos comienzan a contar desde la publicación de la Orden.
Para autónomos
Si facturas a otras empresas, tendrás que emitir factura electrónica. Las ventas a particulares (B2C) quedan fuera.
- Ámbito: solo B2B.
- Plazos: dos años desde la Orden para emitir y recibir facturas electrónicas B2B, más un año para reportar estados.
- Opciones: usar una plataforma privada conforme o la solución pública. En todos los casos, enviar la «copia fiel» UBL a la plataforma pública.
- Regla paralela: Verifactu para autónomos empieza el 1 de julio de 2026. Muchas herramientas soportarán a la vez facturación electrónica y Verifactu.
Más información sobre la facturación electrónica para autónomos aquí.

Qué dicen las normas
Tres pilares:
- Ley 25/2013: establece la factura electrónica B2G y el punto de entrada FACe.
- Ley 18/2022 – Crea y Crece: hace obligatoria la factura electrónica B2B con multas de hasta 10.000 euros si debes ofrecerla y no lo haces.
- Proyecto de Real Decreto + Orden Ministerial: definen formatos, transporte, interoperabilidad y reporte de estados.
Para ver la guía completa, haz clic aquí.
Formatos, firma y conservación
- Formatos: UBL, CII, EDIFACT y Facturae.
- Estándar: EN 16931 es el modelo UE de contenido mínimo.
- Copia a la solución pública: debe ser UBL para una ingesta homogénea.
- Autenticidad e integridad: se esperan firmas electrónicas avanzadas.
- Conservación: guarda las facturas al menos 4 años a efectos fiscales.
AEAT y Verifactu
Verifactu controla los sistemas de facturación. La factura electrónica controla el documento. La mayoría de negocios necesitarán ambos.
- Verifactu: los programas certificados generan registros inalterables con código QR, sellos de tiempo y un registro de eventos. El envío en tiempo real a la AEAT es opcional.
- Fechas: fabricantes de software hasta el 29 de julio de 2025. Empresas, 1 de enero de 2026. Autónomos, 1 de julio de 2026.
- Consejo práctico: elige un software que sea compatible con Verifactu y con la factura electrónica B2B, con «copia fiel» UBL y reporte de estados.
Beneficios
Se procesaron alrededor de 558 millones de facturas electrónicas B2B en 2024, con un crecimiento cercano al 21% interanual y ahorros estimados superiores a 4.300 millones de euros. Cobros más rápidos, menos errores, menos papel y mejor visibilidad de caja.
Sanciones y checklist de cumplimiento
Sanciones: hasta 10.000 euros si debes ofrecer factura electrónica a tus usuarios y no lo haces.
Checklist:
- Usar una sintaxis admitida y validar contra EN 16931.
- Garantizar autenticidad, integridad y sellos de tiempo.
- Enviar y recibir por una plataforma privada conforme o por la solución pública.
- Asegurar que la «copia fiel» UBL llega a la plataforma pública.
- Reportar estados de aceptación, rechazo y pago en un máximo de 4 días.
- Conservar todas las facturas al menos 4 años.
Conclusión
España avanza hacia la facturación electrónica en toda la economía. Si la Orden llega a finales de 2025, las grandes empresas empezarán en 2026 y el resto en 2027. Las pymes probablemente reportarán estados desde 2028. Verifactu tiene fechas cerradas en 2026. Elige software que cubra ambos frentes desde ya.
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