
La facturación pyme no tiene por qué ser complicada. Esta guía cubre todo: qué campos lleva cada factura, cómo prepararte para Verifactu y la e-factura B2B, qué hacer con el IVA en distintos casos y cómo cobrar más rápido.
¿Qué es la facturación pyme?
Emitir facturas legales, cobrar y llevar los libros de IVA según la normativa española.
¿Cuándo será obligatorio Verifactu?
Desde el 1 de enero de 2026 para sociedades sujetas al IS. Desde el 1 de julio de 2026 para el resto de negocios, incluidos autónomos.
¿Debo enviar e-facturas al sector público?
Sí. Usa Facturae 3.2.2 y envía por FACe.
¿Qué tipos de IVA aplican en 2026?
21 % general, 10 % reducido, 4 % superreducido.
Tres pasos. Haces la factura, cobras el dinero y guardas la evidencia por si Hacienda pregunta.
Para empezar: configura tus series, añade NIF y domicilio, fija el tipo de IVA por defecto y las condiciones de pago. Añade IBAN o un enlace de pago con QR. Guarda una plantilla con tu marca. Eso es todo el set-up inicial.
La facturación pyme cubre el ciclo completo: presupuesto, factura, cobro y registro contable.
Si quieres un flujo todo en uno, empieza con una plataforma de facturación para pymes.
Cada factura debe incluir los campos obligatorios del Reglamento de Facturación.
Factura completa: número y serie, fecha de expedición y de operación, razón social del emisor y del cliente, NIF o número de IVA y domicilios, descripción del bien o servicio, base imponible, tipo o tipos de IVA e importes, total y las menciones especiales que correspondan.
Factura simplificada (ticket): válida hasta 400 € IVA incluido o en casos específicos. Lleva número y serie, fecha, NIF y nombre del vendedor, descripción, tipo de IVA y total. Añade NIF y domicilio del comprador si necesita deducción.
Series: al menos una por defecto. Usa series separadas para rectificativas, devoluciones o distintos establecimientos.
Conservación: 4 años por prescripción tributaria, 6 años por normativa mercantil. Guarda ambos plazos.

Emite una factura rectificativa cuando hay un error en la original, una devolución o un descuento. Siempre referencia el número de la factura original. Puedes mostrar el importe diferencial o el total corregido. Emítela cuanto antes y dentro del plazo de 4 años.
Las proformas y los presupuestos no tienen validez fiscal. No sustituyen a la factura. Cuando confirmes la venta o cobres un anticipo, emite la factura oficial.
Hay dos normas en paralelo que afectan a tu pyme. No son lo mismo.
Verifactu (calendario). Las sociedades sujetas al IS: desde el 1 de enero de 2026. El resto, incluidos autónomos: desde el 1 de julio de 2026. Tus facturas llevarán un código QR y, cuando aplique, la leyenda de que son verificables bajo Verifactu.
Excluidos de SIF/Verifactu. Los que ya informan facturas por SII quedan fuera. Hay otras particularidades sectoriales.
E-factura B2B (Crea y Crece). Será gradual. Primero empresas con más de 8 millones de euros de facturación, luego el resto. El calendario definitivo depende del Real Decreto reglamentario.
Sector público: ya es obligatorio. Usa Facturae 3.2.2 y envía por FACe. Tu software debe exportar Facturae que pase las validaciones del portal.
Cómo prepararte. Confirma que tu software es compatible con la AEAT para Verifactu, genera el QR y el rastro de auditoría, y exporta Facturae para clientes públicos.
Tipos vigentes: 21 % general, 10 % reducido y 4 % superreducido. Comprueba qué tipo aplica a cada producto o servicio antes de facturar.
Casos habituales: servicios y consultoría van al 21 %. Hostelería y restauración, al 10 % en la mayoría de los casos. Libros elegibles, al 4 %.
Recargo de equivalencia. Si tu cliente es un comerciante minorista bajo este régimen, la factura incluye IVA más el recargo. Confirma los tipos vigentes con tu asesor.
Pagos anticipados. El IVA devenga al cobrar el anticipo. Emite la factura de anticipo en ese momento.
Exenciones y menciones especiales. Educación y sanidad tienen exenciones. Usa la mención de inversión del sujeto pasivo en construcción, chatarra, telecomunicaciones y prestaciones B2B de no establecidos. En entregas intracomunitarias, incluye la referencia al artículo de la directiva.
Regla por defecto. Sin pacto expreso, el pago vence a 30 días naturales desde la entrega o prestación. En contratos B2B, el plazo máximo es 60 días. En el sector público, 30 días desde la aprobación de la factura.
Interés de demora. Aplica el interés legal de demora comercial publicado por Hacienda en el BOE. Consulta el BOE vigente para los tipos actualizados de cada semestre. Puedes reclamar también los costes de recobro.
Cláusula recomendada: “Pago a X días. Los retrasos devengarán el interés legal de demora comercial más los costes de recobro permitidos por la Ley 3/2004.”
Truco para cobrar antes. Exige número de pedido (PO) y un flujo de aceptación al dar de alta un cliente. Para servicios recurrentes, activa SEPA domiciliado. Reduce la morosidad a la mitad.
Entregas intracomunitarias B2B. No repercutas IVA español si ambas partes tienen NIF-IVA válido en la UE. Incluye el VAT ID del cliente y la mención de inversión del sujeto pasivo. Presenta el modelo 349. Verifica los VAT en VIES.
Servicios B2B intracomunitarios. Se gravan en el país del cliente. Factura sin IVA con la mención de inversión del sujeto pasivo.
Exportaciones fuera de la UE. Generalmente exentas, con prueba de exportación.
Operaciones B2B de no establecidos. Aplica inversión del sujeto pasivo. Incluye la mención correcta para que el comprador autorrepercuta el IVA.
Para más información sobre obligaciones de facturación, consulta la guía de factura electrónica obligatoria para autónomos.
Imprescindibles
Extras a valorar
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La facturación pyme tiene tres prioridades en 2026: campos correctos en cada factura, software con QR listo para Verifactu antes de los plazos, y Facturae para clientes públicos. Añade plazos de pago bajo 60 días, inversión del sujeto pasivo bien aplicada y series estandarizadas. El resultado: menos rechazos, cobros más rápidos y registros a prueba de auditoría.